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Junta Directiva

La gestión ordinaria de la Asociación corre a cargo de la Junta Directiva, encargada de dirigir y administrar la Asociación de acuerdo a las directrices de la Asamblea General y bajo su control.

La Junta Directiva está compuesta por trece miembros, que ocupan los cargo de Presidente/a, Vicepresidentes/as 1º, 2º, 3º y 4º, Secretario/a, Tesorero/a y seis Vocales.

Las personas que forman la Junta Directiva para el perido 2023-2027 son:

Presidencia

D. Miguel Ángel Morales Sánchez

Vicepresidencia 1ª

D. Miguel Ángel Gallardo Miranda

Vicepresidencia 2ª

Dña. Mónica Martín Sánchez

Vicepresidencia 3ª

Dña. Ana Belén Valls Muñoz

Vicepresidencia 4ª

Dña. Belén Corredera Miura

Secretaría

D. Alfonso Beltrán Muñoz

Tesorería

D. Cristian Maldonado Muñoz

Vocalías

D. Antonia Molina Márquez

D. Manuel Antonio Díaz González

Dña. Alfonsa Calderón Ramírez

Dña. Antonia Vaquero Vallejo

D. Pablo Jesús Sánchez-Miranda Morales

D. Manuel Estribio Sánchez

 

Todos los cargos de la Junta Directiva son renovables, no retribuidos y serán elegidos a continuación de las elecciones locales y dentro de los cuatro meses siguientes a la constitución de los ayuntamientos y diputaciones en una Asamblea General extraordinaria convocada a tal efecto.

Todos los cargos de la Junta Directiva serán elegidos por un mandato de cuatro años. En caso de cambio de gobierno en la entidad representada el cargo nominal no se ejercerá por más de cuatro meses posteriores a dicho cambio. Las vacantes producidas entre la celebración de una Asamblea General y otra serán cubiertas provisionalmente por el resto de miembros de la Junta Directiva.

La Junta Directiva se reunirá al menos cada tres meses, previa convocatoria del Presidente/a (estará obligado en caso de que el 30% de sus miembros lo soliciten), con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación.

La Junta Directiva queda válidamente constituida cuando a la reunión acudan como mínimo la tercera parte más uno de sus componentes, entre ellos el Presidente o Vicepresidente y el Secretario o persona que lo sustituya. Los acuerdos se consignan en el libro de actas con las firmas de Presidente y Secretario.

Son competencias de la Junta Directiva:

  1. Aplicar e interpretar los estatutos.
  2. Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria.
  3. Elaborar y presentar a la AG el balance general económico y de actividades, y el programa de trabajo con su presupuesto para el año siguiente.
  4. Proponer a la AG los programas y proyectos de cooperación para el desarrollo, de sensibilización, formación o cualquier otra actividad encaminada a cumplir los fines de la asociación.
  5. Abrir mantener y cancelar las cuentas corrientes en bancos o establecimientos de crédito.
  6. Estudiar las peticiones de alta de nuevos socios y admitirlos provisionalmente si procede.
  7. Proponer a la AG la designación de entidades colaboradoras de la asociación.
  8. Firmar convenios con entidades públicas y privadas.
  9. Resolver todos los asuntos que requieran un tratamiento de urgencia, sin menoscabo de que la AG posteriormente refrende o revoque las decisiones adoptadas.
  10. Resolver la contratación de servicios tanto para el funcionamiento de la Asociación como para la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de programas y proyectos.
  11. Convocar las AG.
  12. Contratar y/o despedir al Gerente y al personal laboral del Fondo.

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